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EXIGENCIA DE MEDIOS ECONOMICOS EN REAGRUPACION POR ESPAÑOL. SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 18 DE JULIO DE 2017

En la presente entrada, hago un breve comentario de la sentencia del Tribunal Supremo de 18 de julio de 2017 en relación a la cuestión de si es necesario medios económicos para que un español reagrupe a su cónyuge, y además incorporaré el resumen de algunos análisis de compañeros de la asociación de abogados de extranjería y también algunas ideas propias al respecto. La reagrupación posibilita traer con residencia legal a familiares del reagrupante. Existen dos regímenes regulatorios diferentes para extranjeros, el general de la ley orgánica de extranjería y los familiares de los ciudadanos de la Unión. Se planteaba la cuestión en relación a los familiares de ciudadano español que no ha ejercido su derecho a la libre circulación, es decir, que no ha salido de España. Para poder reagrupar se exigen unos requisitos además del vínculo entre ellos, que haya medios económicos suficientes para poder mantenerse la familia reagrupada. Existían sentencias y posiciones discrepantes en relac